Es importante conocer que en nuestra sociedad del s. XIX sigue existiendo la violencia de género, definida por el Ministerio de Igualdad como “la violencia específica contra las mujeres, utilizada como instrumento para mantener la discriminación, la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Comprende la violencia física, sexual y psicológica incluidas las amenazas, la coacción, o la privación arbitraria de libertad, que ocurre en la vida pública o privada y cuyo principal factor de riesgo lo constituye el hecho de ser mujer”.

A lo largo de la historia podemos observar como la violencia de género ha estado siempre presente, ya que va evolucionando con los tiempos. Es una problemática social que afecta a miles de mujeres de diferentes edades, clases sociales, culturales o niveles académicos. Los maltratadores buscan nuevas formas de seguir llevando a cabo este tipo de violencia, para poder seguir controlando a las mujeres aun cuando no están de manera física junto a ellas.

En la época en la que nos encontramos la mayoría de la gente tiene un teléfono para comunicarse, a través de llamadas telefónicas o a través de las redes sociales. Las redes sociales no solo sirven para comunicarse también pueden influir en las relaciones, ya que se pueden usar como mecanismos de control de pareja que pasan desapercibidos o pueden ser considerados muestras de amor.

Por todo esto surge un nuevo concepto de violencia de género a través de la red, adaptándolo a la realidad tecnología: e-violencia de género, violencia psicológica ejercida sobre la mujer, por quien esté o haya estado ligado a ella por una relación de afectividad, aún sin convivencia, ejercida a través de cualquier medio tecnológico o electrónico.

Además de la e-violencia también existen otras formas de violencia de género a través de las redes sociales como el sexting (consiste en enviar fotografías y videos con contenido de cierto nivel sexual, tomadas o grabados por el protagonista mediante el teléfono móvil), stalking (podemos definirlo como la persecución ininterrumpida e intrusiva a un sujeto con el que se pretende establecer un contacto personal contra su voluntad, sirviéndose para ello de las TIC´s) y el cyberbulling (uso de la información y comunicación a través de la tecnología, que un individuo o un grupo utiliza deliberadamente y de manera repetida para el acoso o amenaza hacia otro individuo o grupo, mediante el envío o publicación de texto cruel y/o gráficas a través de los medios tecnológicos).

En el caso del stalking las formas más comunes serían la constante vigilancia de los perfiles de la víctima, o de forma más directa en WhatsApp. Los casos más frecuentes de stalkers en redes sociales son los llevados a cabo por la pareja o expareja (control o celos), el fenómeno fan, los que intentan ligar de forma constante, entre otras.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad lanzó el 28 de marzo de 2017 la campaña Pantallas Amigas: “Diez formas de violencia de género digital” dirigida a adolescentes, ya que, según estadísticas oficiales, el 29% de los jóvenes ha reconocido sufrir un control abusivo por parte de su pareja.

Según esta campaña suponen acto de violencia de género:

  1. Acosar o controlar a tu pareja usando el móvil.
  2. Interferir en relaciones de tu pareja en Internet con otras personas.
  3. Espiar el teléfono móvil de tu pareja.
  4. Censurar fotos que tu pareja pública y comparte en redes sociales.
  5. Controlar lo que hace tu pareja en las redes sociales.
  6. Exigir a tu pareja que te demuestre dónde se encuentra a través de su geolocalización (mandando ubicación).
  7. Obligar a tu pareja a que te envíe imágenes íntimas.
  8. Comprometer a tu pareja para que te facilite sus claves/contraseñas personales.
  9. Obligar a tu pareja a que te muestre un chat con otra persona.
  10. Mostrar enfado por no tener siempre una respuesta inmediata online.

Algunos autores señalan que las violencias de género online pueden ejercerse no solo dentro de las relaciones de pareja o expareja, sino también fuera de ellas. Las primeras incluirían cualquier forma de control o extorsión a través de mensajería, impedimento para la comunicación de la víctima con su red social o suplantación de la identidad de la víctima para enviar mensajes falsos, entre otras. Las segundas pueden manifestarse a través de amenazas explícitas a mujeres que participan en redes sociales, insultos o burlas, entre otras.

Desde Serbyte servicios IT, promulgamos el buen uso de las redes sociales a nuestros empleados, ya que en el departamento de recursos humanos parte de su trabajo se hace a través de LinkedIn, seleccionando perfiles y agregando a sus redes sociales a personas que no conocen.

Si sufren cualquier tipo de acoso o intimidación pueden comunicárselo a cualquiera de sus responsables para buscar soluciones y así como si lo sufren por parte de sus parejas o exparejas, estamos dispuestos a ayudar a nuestros empleados en todos los problemas que tengan y que podamos desde nuestros medios como empresa y como compañeros.

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